lunes, 30 de enero de 2017

Cuidados avanzados

Cuando hablamos de cuidados avanzados, ¿a que nos referimos? Pues a los cuidados que realiza una enfermera/o, que es lo que nos diferencia de la población general , que también cuida, y justifica la existencia de una profesión, en este caso la enfermería.

¿Y cuales son esos cuidados avanzados que nos diferencian de la población general y justifican la profesión enfermera? Seguramente como enfermeras/os los sabréis. Pero yo me voy a ceñir a citar una serie de cuidados avanzados que muchos enfermeros rechazamos como propios, la cual cosa considero un gran error y un gran desconocimiento de nuestra profesión a nivel competencial.

Hablare de la exploración física y de los cuidados ante la patología aguda leve.

Hay mucha controversia sobre este tema, hay compañeros que lo defienden y lo consideran su ámbito competencial, y otros lo rechazan como si la vida les fuera en ello, argumentado que eso no les toca hacer, que eso es trabajo de otros profesionales sanitarios.

No se trata de lo que opinen unos u otros, se trata de lo que dice la ley de ordenación de las profesiones sanitarias de nuestro ámbito competencial, y la ley dice que es responsabilidad de los enfermeros, aplicar, dirigir y evaluar los cuidados para la recuperación de la salud así como para la promoción y prevención de la misma.

Y que nos esta diciendo esta ley, que todo problema de salud que su tratamiento principal sean los cuidados es competencia de los enfermeros.

Ahora hablare de la exploración física como un instrumento de las profesiones sanitarias, sin que sea propiedad de ninguna en concreto.
Los enfermeros estamos obligados a realizar una exploración física para valorar al paciente y aplicarle los cuidados, esto es si o si. Por lo tanto si vemos normal técnicas de exploración como la exploración del pie diabético, la toma de las constantes, la exploración de una herida o quemadura, etc…, porque no consideramos como nuestra, la auscultación pulmonar, la exploración abdominal, etc…, todas ellas exploraciones necesarias para valorar la patología aguda leve.

En resumen, lo que quiere decir, es que como enfermeros, muchas veces no desarrollamos todo nuestro ámbito competencial, atender problemas de salud como cuadros de vías altas, dolor de garganta, de oído, dolor lumbar, etc… es competencia nuestra, por su puesto si detectamos complicaciones deberemos realizar la derivación oportuna, pero si no, son problemas de salud que se tratan con cuidados y con medicación para los síntomas que se pueden adquirir sin receta medica, por tanto nuestra competencia, a pesar de que algunos nos guste mas o menos.

En una próxima entrega razonare si valorar un ECG u otras pruebas nos toca o no, como dicen muchos/as…


lunes, 16 de enero de 2017

Decreto catalán, otra mentira más, HUELGA GENERAL

Ha pasado ya un año desde que el gobierno catalán, y en boca del conseller Sr. Comin, prometiera un decreto catalán que regularia la prescripción enfermera en Catalunya, en contraposición al bochornoso y humillante decreto estatal, que nos dejaba inmersos en la ilegalidad en cuanto a nuestras actuaciones con fármacos y productos sanitarios. ¿Que era lo que no nos gustaba del decreto estatal? La obligada acreditación y la supervisión médica de nuestras actuaciones con fármacos, esto último no solo no nos gusta, si no que ningun decreto puede someter una profesion a otra, lo dice la LOPS, la profesion enfermera goza de plena autonomia técnica y científica, es decir nadie me puede supervisar y es el propio enfermero el responsable de sus actos. En cuanto a la acreditación, en nuestro plan de estudios tanto de diplomados como ahora los graduados tenemos una asignatura de farmacología clínica que es la que nos proporciona conocimientos y competencias para nuestro úso de fármacos y productos sanitarios, ¿a que viene ahora un cursillo de acreditación? Una nueva muestra de falta de respeto hacia nuestra profesión titulada y regulada por la LOPS.

¿Que decía el Sr. Comin? Pues que haria un decreto catalán que nos diera seguridad jurídica y de esta forma pudieramos desempeñar nuestras competencias, sin temores a posibles demanadas, etc... 
Pero ha pasado un año y este decreto catalán no llega, ni parece de que esten muy por la labor de que llegue.

A nivel estatal, la nueva ministra de sanidad, ya ha confirmado que no cambiara ni una coma del decreto de prescripción enfermera. Asi que toda pinta en que vamos a seguir "muuuuuuuuuuucho" tiempo sumergidos en la ilegalidad. Cada vez que indico un aposito, un paracetamol o un iruxol, como tres ejemplos sencillos, estoy incumpliendo el decreto, por tanto estoy haciendo algo ilegal, ¿que puede traer consecuencias legales?, pues no lo se, lo decidirá un juez, pero de momento me puede denunciar por haber cometido un acto ilegal.

Yo pienso que no podemos tolerar continuar en esta situación, ni como profesionales individuales ni como colectivo profesional. Creo que hemos dado más que un margen suficiente, para arreglar la situación en la que los políticos nos han colocado, es "HORA DE ACTUAR".

A tomar vientos el decreto estatal y el catalán, hay que exigir que se modifique la ley del medicamento, y que nos reconozca como prescriptores de fármacos y productos sanitarios dentro de nuestras competencias, sin mas letra pequeña, cursos, ni engaños...

Negarnos por completo a seguir trabajando asi, hasta que realmente haya un compromiso serio y demostrado de que van a solucionar el grave problema en que nos han metido.

Hemos alzado nuestra voz por las buenas, y no nos han escuchado, más bien se nos han reido en nuestra cara, seguimos trabajando bajo la inseguridad juridica y esto ninguna otra profesion lo permitiría, ¿vamos a seguir permitiendolo? Señoras y señores enfermeras/os es el momento de ir a la HUELGA GENERAL