El pasado 30 de Junio, el Sr Comin (Conseller de Salut), presentaba el
proyecto de decreto que regula la indicación, uso y dispensación de
medicamentos y productos sanitarios por parte de las enfermeras/os (vamos lo
que seria la prescripción enfermera, aunque duela a otros colectivos
sanitarios, porque les duele, duele, duele..., hasta tal punto de ridiculizarse
a ellos mismos), y anunció el inicio de los trámites para su aprobación.
Las enfermeras/os catalanas
podemos decir que estamos de enhorabuena, porque con este decreto tendremos
seguridad jurídica ante la prescripción enfermera.
Sinceramente es una buena noticia
a medias, y a continuación explicaré el porque:
- Han
presentado el proyecto de decreto, pero no esta publicado, han estimado unos 6
meses en aprobarse, si tenemos en cuenta la historia de la prescripción
enfermera, hasta que no lo veamos publicado mejor no bajar la guardia, de
momento seguimos con la misma inseguridad jurídica.
- Han explicado que hay un alto grado de
consenso interprofesional (medicos/as-enfermeras/os), pero el mismo dia de la
presentacion, el consejo de colegios medicos catalanes ha anunciado que
presentara una enmienda sobre el decreto, yo mucho consenso no intuyo, y esa
enmienda seguramente provocará un retraso en la publicación, siendo optimistas
y pensando que finalmente se publicará.
- El decreto dice que podremos prescribir productos sanitarios y
medicamentos no sujetos a prescripción médica en el ambito de nuestras
competencias, sin formación addicional, la titulación de grado o equivalente
nos habilita, esto esta bien. Pero que pasa con medicamentos sujetos a
prescripcion medica que los enfermeros utilizamos en nuestro ámbito
competencial, ejemplos sencillos y muy utilizados: iruxol mono, silvederma,
furacin, etc...
- El decreto prevé la creación de protocolos y una acreditación para
medicamentos sujetos a prescripción médica, ¿yo para prescribir un iruxol mono
necesito un protocolo o una acreditación?, o como profesión enfermera titulada
y regulada con plena autonomia técnica y científica como dice la LOPS, ¿no
basta solo con mi juicio clínico?. Esto es una vez mas un insulto a la
profesión.
- La creación de protocolos y la acreditación podria estar de acuerdo en
la continuidad assistencial de las patologías crónicas, para ajustes de dosis,
pero para medicamentos que aun siendo sujetos a prescripción médica nosotros
utilizamos en nuestro ámbito competencial, para estos últimos no es necesario
protocolos consensuados ni acreditaciones, solo basta el juicio clínico del
enfermero. O a estos medicamentos les retiran la etiqueta de sujetos a
prescripción o sino será bastante dificultoso y confuso su uso o prescripcion
por los enfermeros
- Por último el proyecto de decreto dice que se creará una comisión de
pràctica asistencial para elaborar los protocolos y decidir que tipo de
formación y experiencia se necesitará para la acreditación, y esta comisión
estará formada por el Departament de Salut y por los colegios de enfermeros y
médicos. Con lo que dificilmente lleguen a acuerdos, visto lo que han publicado
ya los colegios médicos.
¡NO DEJEMOS DE LUCHAR
PARA CAMBIAR LA LEY!